ISSN 0001-6012/2015/57/3/143-144 Acta Médica Costarricense, © 2015 Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica
Posición de la Academia Nacional de
Medicina sobre el tema de violencia
obstétrica
La atención de la labor y el parto es una actividad que debe ser ejecutada por un equipo interdisciplinario que asista a la madre en el proceso y asegure el bienestar de ella y de su(s) hijo(s). Con frecuencia ocurren crisis no anticipadas que atentan contra la vida de la madre y su(s) feto(s) y que, por tanto, requieren una respuesta inmediata de parte de profesionales de la salud y su personal de apoyo. La presencia de profesionales capacitados reduce los riesgos de morbimortalidad del binomio madre - hijo.
La violencia obstétrica involucra cualquier acción que interfiera negativamente en el proceso reproductivo natural y biológico, expresada en un trato deshumanizado por parte de los profesionales de la salud y otros grupos de apoyo. Puede ser de carácter físico y psicológico.
En Costa Rica, la Ley 8239 establece claramente los derechos y deberes de las personas usuarias de los servicios de salud.
Recientemente, la Sala Constitucional recibió un recurso de amparo de una usuaria de los servicios obstétricos de uno de los hospitales nacionales de la Caja Costarricense de Seguro Social, y emitió un voto (3354-2015) en el cual, entre otras cosas, señala “… la violencia obstétrica como una violencia de género y de violación de los derechos humanos…”, e indica que “…hay que equilibrar los derechos de las pacientes con el cumplimiento del servicio público que se presta”.
Ante el evento ocurrido y el pronunciamiento de la Sala Constitucional, la Academia Nacional de Medicina considera apropiado externar las siguientes observaciones con respecto a este tema:
a. La sala de partos debe ser exclusiva para la vigilancia de la labor, la atención del parto y el monitoreo estricto de pacientes que así lo ameriten. El personal médico y de enfermería tiene que estar adecuadamente identificado y se debe regular y coordinar el ingreso de otro personal de apoyo que sea necesario para el buen funcionamiento de la sala. Toda instalación física es tributaria de limpieza y mantenimiento del equipo, pero es preciso que estas funciones se
